¿Puede un consorcio despedir con causa a un encargado por pérdida de confianza?

Aunque a simple vista un caso judicial sobre un trabajador de campo pueda parecer alejado de la realidad de un consorcio de propietarios, lo cierto es que hay enseñanzas legales muy útiles. La sentencia del Tribunal de Apelaciones de La Pampa en el caso SANDOVAL, Ceferino D. c/DUCA Francisco Marcelo y DUCA Fernando Luis S.H. Sociedad de Hecho s/ DESPIDO INDIRECTO ofrece una guía valiosa sobre cómo manejar situaciones de despido con causa, cómo proceder con la documentación laboral obligatoria, y qué esperar si el caso escala judicialmente.

El rol del consorcio como empleador formal

En muchos edificios, los consorcios emplean a trabajadores en relación de dependencia, como encargados, auxiliares o personal de mantenimiento. Esto implica deberes formales bajo la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), como registrar la relación laboral, abonar salarios y beneficios sociales, y entregar documentación al momento de la desvinculación.

Cuando una de estas relaciones laborales se rompe por mal desempeño o pérdida de confianza, surgen dudas: ¿se puede despedir al trabajador sin pagar indemnización? ¿Qué pruebas se requieren? ¿Qué pasa si hay un proceso penal paralelo?

El caso Sandoval y su enseñanza para consorcios

Ceferino Sandoval, un peón rural, fue despedido por sus empleadores tras la desaparición de más de 500 animales bajo su custodia. La empresa alegó una pérdida de confianza por negligencia grave. Sandoval negó responsabilidad, reclamó despido indirecto y exigió múltiples compensaciones, incluyendo daño moral y sanciones por falta de documentación (Artículo 80 LCT).

Tanto en primera como en segunda instancia, los jueces rechazaron su demanda. ¿La razón? La prueba reunida fue suficiente para acreditar una conducta que justificó el despido con causa. Además, se demostró que la documentación laboral se entregó correctamente, por lo que no correspondían multas.

¿Qué implica la pérdida de confianza en términos legales?

La jurisprudencia citada en el fallo establece que la pérdida de confianza no es una causal autónoma, pero puede integrarse dentro de una injuria laboral grave si se basa en hechos objetivos.

En un consorcio, esto puede aplicarse a situaciones como:

  • Faltantes de elementos del depósito o herramientas
  • Desobediencia sistemática a órdenes del administrador o asambleas
  • Actitudes agresivas hacia propietarios o terceros

Si estas conductas son verificables, el consorcio podría fundamentar un despido con causa. Eso sí: es clave documentar los hechos, conservar pruebas y realizar comunicaciones formales, como cartas documento con exposición clara de motivos.

¿Qué dice el artículo 80 de la LCT y por qué debe importarle al consorcio?

Este artículo obliga al empleador a entregar tres elementos al finalizar la relación laboral:

  1. Certificado de trabajo

  2. Certificación de servicios

  3. Constancia de aportes previsionales

Si el consorcio no los entrega en tiempo y forma, el trabajador puede reclamar una multa equivalente a tres salarios. En el caso analizado, esta sanción fue descartada porque se acreditó que la documentación fue entregada correctamente.

👉 Lección clave: el cumplimiento formal protege al consorcio, incluso si el despido es conflictivo.

¿Qué pasa si hay una causa penal de por medio?

En el caso Sandoval, el trabajador fue sobreseído en sede penal, pero igualmente el despido fue considerado válido en el fuero laboral. Esto responde a un principio básico: los fueros son independientes. Por eso, aunque un encargado del edificio sea absuelto penalmente, el consorcio puede igualmente justificar su despido si hay hechos laborales graves.

¿Cómo preparar al consorcio para estas situaciones?

Aquí algunas recomendaciones prácticas:

  • Formalidad ante todo: mantener al día los registros de AFIP, recibos y comunicaciones.

  • Actuar con anticipación: ante irregularidades, convocar a reuniones con testigos, redactar actas internas, y documentar advertencias por escrito.

  • Asesoramiento legal temprano: consultar con un abogado laboralista antes de tomar decisiones drásticas.

  • Comunicación clara: toda carta de despido debe detallar con precisión los hechos y el contexto, para evitar reclamos futuros.

¿Qué riesgos corre un consorcio si no actúa correctamente?

  • Indemnizaciones completas si el despido es considerado incausado

  • Multas por el artículo 80 si falta documentación

  • Daño moral si hay trato humillante o exposición innecesaria del trabajador

  • Costas judiciales si pierde un eventual juicio

El caso Sandoval muestra que los tribunales son exigentes, pero también equilibrados: si el empleador cumple con sus deberes y tiene fundamentos sólidos, puede sostener un despido con causa.

Responsabilidad

Para un consorcio de propietarios, la figura del empleador no es simbólica. Conlleva deberes reales que, si no se cumplen, pueden generar consecuencias económicas. Pero también implica derechos. Ante una conducta reprochable, el consorcio puede tomar medidas firmes, siempre que las mismas estén bien fundamentadas y correctamente documentadas.

VER FALLO JUDICIAL – EXPEDIENTE N° 162726 – 23680 r.C.A – “SANDOVAL, Ceferino D. c/DUCA Francisco Marcelo y DUCA Fernando Luis S.H. Sociedad de Hecho s/ DESPIDO INDIRECTO” – SALA 4 – Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería – Santa Rosa – La Pampa – 13-06-2024

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