Riesgos de contratar cooperativas de trabajo en los consorcios de edificios

En el ámbito de los edificios de propiedad horizontal, es frecuente que surjan confusiones respecto al tratamiento laboral del personal contratado para tareas de limpieza y mantenimiento. En algunos casos, se equipara incorrectamente estas funciones con el servicio doméstico, lo que genera errores en el cumplimiento de las obligaciones legales. Las actividades realizadas en las áreas comunes de un edificio —como pasillos, ascensores, y accesos principales— implican una relación laboral dependiente que exige el pago correspondiente de aportes y contribuciones al sistema de seguridad social.


Contrataciones irregulares y sus consecuencias

Uno de los problemas más comunes en este contexto es la contratación de cooperativas de trabajo para realizar tareas de limpieza y mantenimiento. Aunque estas cooperativas suelen contar con autorizaciones formales para operar, muchas optan por considerar a sus integrantes como monotributistas. Así, los consorcios las emplean para cubrir funciones esenciales bajo modalidades que pueden ser interpretadas como intentos de evitar el cumplimiento de la legislación laboral.

Si bien estas prácticas pueden parecer soluciones eficientes, conllevan riesgos significativos. En numerosos casos, los tribunales han calificado este tipo de acuerdos como un fraude laboral, haciendo responsables a los consorcios por cualquier incumplimiento detectado.


La importancia de las inspecciones laborales

El control del cumplimiento de las normativas laborales está respaldado por el Sistema Integral de Inspección del Trabajo y de la Seguridad Social (SIDITYSS), creado por la Ley 25.877. Este sistema permite verificar que los empleadores cumplan con sus obligaciones en relación con el registro del personal y la seguridad social.

Entre las principales tareas de las inspecciones laborales se encuentran:

  • Detectar empleo no registrado y otras formas de incumplimiento normativo.
  • Informar y colaborar con sindicatos y empleadores para corregir irregularidades.
  • Aplicar sanciones a quienes evaden las normativas vigentes.

Los inspectores tienen amplias facultades para llevar a cabo su trabajo, incluyendo el acceso sin previo aviso a los lugares de trabajo, la solicitud de documentación, y la clausura de espacios en caso de riesgos graves para los trabajadores.


Cooperativas de trabajo y su uso indebido

La figura de las cooperativas de trabajo, regulada por la Ley 20.337 y complementada por la Ley 25.877, está destinada a promover la colaboración entre sus socios. Sin embargo, en algunos casos, esta herramienta ha sido desvirtuada para evadir responsabilidades laborales. Cuando se detecta que una cooperativa actúa como un intermediario para evitar el registro de empleados, las autoridades laborales suelen interpretar que los trabajadores son, en realidad, empleados dependientes de la empresa usuaria, es decir, el consorcio contratante.

La normativa prohíbe expresamente que las cooperativas operen como agencias de colocación de personal, empresas de trabajo temporal o proveedoras de servicios eventuales. Cualquier irregularidad en este sentido puede dar lugar a sanciones severas tanto para la cooperativa como para el consorcio.


Responsabilidad de los consorcios

La Ley 25.877 otorga al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social la capacidad de imponer sanciones a los empleadores que no cumplan con las normativas laborales y de seguridad social. Cuando se detectan irregularidades, se inician procedimientos administrativos y, en casos graves, se derivan a la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para la determinación de deudas y su eventual ejecución.

Además, los inspectores laborales están obligados a denunciar cualquier forma de evasión fiscal o tributaria detectada durante sus operativos. Esto refuerza la importancia de que los consorcios cumplan con todas sus obligaciones legales para evitar sanciones económicas y reputacionales.


Medidas para prevenir conflictos legales

Para minimizar los riesgos asociados a estas prácticas, los consorcios deben adoptar un enfoque transparente en la contratación de personal. Esto incluye:

  1. Registrar a los empleados bajo las normativas vigentes, asegurando el pago de aportes y contribuciones.
  2. Evitar el uso de cooperativas de trabajo como intermediarios para evadir responsabilidades laborales.

Al implementar estas medidas, los consorcios no solo cumplen con la ley, sino que también contribuyen a garantizar los derechos de los trabajadores y a proteger el patrimonio de los propietarios.


Conclusión

La correcta gestión laboral en los consorcios es esencial para evitar problemas legales y económicos. El uso indebido de cooperativas de trabajo y otras formas de contratación irregular puede generar graves consecuencias, desde sanciones administrativas hasta el pago de deudas retroactivas. Cumplir con las normativas laborales y actuar de forma responsable no solo protege a los empleados, sino que también resguarda los intereses de la comunidad de propietarios.

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