¿Qué es la Ley 5.983 y por qué se la conoce como Consorcio Participativo?

El 28 de junio de 2018, la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires convirtió en ley el proyecto Consorcio Participativo, hoy Ley 5983. La norma crea y regula un modelo de gestión digital para los consorcios de propiedad horizontal con un marco regulatorio más uniforme.

Su rasgo distintivo es una Aplicación Oficial (artículo 14), pensada para concentrar y transparentar trámites, información y comunicaciones entre consorcistas, administradores y el Gobierno porteño. Se la conoce como Consorcio Participativo porque busca ordenar y modernizar la vida consorcial mediante una plataforma estatal que fomenta la participación, la trazabilidad y el acceso a datos de interés común dentro de cada edificio.

La aprobación en general obtuvo 44 votos a favor y 14 abstenciones; en particular, el artículo 14, que regula la Aplicación Oficial Consorcio Participativo, reunió 38 votos positivos y 20 abstenciones. Un dato llamativo: nadie votó en contra.

¿Cómo se conformó la mayoría que habilitó la sanción?

El oficialismo de Vamos Juntos aportó 33 votos, suficientes por sí solos para sancionar la ley. Sin embargo, el apoyo se amplió con acompañamientos de otros espacios. El Bloque Peronista cercano a Víctor Santa María sumó 4 votos. Evolución, liderado por Martín Lousteau, agregó 5. Y se contaron además los respaldos individuales de Sergio Abrevaya (GEN) y Marcelo Hugo Depierro (Mejor Ciudad, ex Ocaña). La suma evidenció un acuerdo transversal que excedió al oficialismo.

¿Quiénes se abstuvieron y qué señala esa estrategia?

Optaron por la abstención el Partido Socialista (2), el PTS–Frente de Izquierda (2), el Frente de Izquierda de los Trabajadores (1), Unidad Ciudadana (7) y Autodeterminación y Libertad (2). La postura fue significativa: expresaron desacuerdos sin transformarlos en un rechazo explícito. A la vez, hubo dos ausencias: Leandro Santoro (Unidad Ciudadana) y Diego Mariano García De García Vilas (Vamos Juntos).

¿Qué antecedentes legislativos influyeron en el debate?

El tratamiento de Consorcio Participativo convivió con la memoria de dos normas controvertidas en el mundo consorcial. Por un lado, la Ley Muñoz (5464), sancionada el 3/12/2015, que buscó transferir el control del RPA a un Consejo de la Propiedad Horizontal con marcada presencia de sindicatos y entidades de administradores; fue derogada tras siete meses. Por otro, la Ley Zago (4803), aprobada el 28/12/2013, que obligó a los administradores a “exhortar” al personal de los edificios a capacitarse anualmente en higiene, seguridad y prevención de incendios, costo a afrontar vía expensas y con condiciones que en la práctica apuntaban al SERACARH.

En el recinto se recordó que 12 legisladores que ahora integraban el bloque oficialista habían acompañado la Ley Muñoz, y 5 habían hecho lo propio con la Ley Zago (todos entonces del PRO): José Luis Acevedo, Christian Bauab, Daniel Presti, Francisco Quintana y Lía Rueda.

¿Qué se discutió en el recinto y cómo se posicionaron los referentes?

El debate lo abrió Daniel Eduardo Del Sol (Vamos Juntos). Siguió Sergio Abrevaya, quien sorprendió al anticipar su voto favorable “en todo el texto”, pese a haber sido crítico en el pasado por la concentración de datos privados de consorcios en manos del Gobierno porteño. Luego, Hernán Arce (Partido Socialista) adelantó su abstención. Marcelo Hugo Depierro (Mejor Ciudad / Evolución) pidió votación en general y en particular del capítulo de Consorcio Participativo, y anticipó su rechazo a la plataforma web estatal y obligatoria. Santiago Roberto (Bloque Peronista), autor de un despacho de minoría, anunció su apoyo y el cierre volvió a quedar en manos de Del Sol.

¿Por qué es relevante el voto del Bloque Peronista y la influencia de SUTERH?

El acompañamiento del Bloque Peronista resultó simbólico. Víctor Santa María, al frente del SUTERH (Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal) y presidente del PJ porteño, ha tenido injerencia directa en la agenda de la propiedad horizontal. Bajo su órbita se impulsaron, en distintos momentos, regulaciones que impactaron en consorcistas y administradores, a veces con interlocución pública junto a Horacio Rodríguez Larreta y Diego Santilli.

El mapa político de la oposición venía recalibrándose desde 2016. Aquel 26 de agosto de 2016, se comunicó la conformación del Bloque Peronista por la Justicia Social (interbloque con el Frente para la Victoria) con figuras como María Rosa Muiños, Silvia Gottero y Claudio Heredia. En 2017, en la previa electoral, el peronismo local se reordenó detrás de Daniel Filmus, aunque derivó en una escisión: una parte quedó en Unidad Ciudadana y otra en el Bloque Peronista que condujo Muiños. En este tablero, los cuatro legisladores cercanos a Santa María votaron a favor de la hoy llamada Ley Carrillo, mientras que los siete de Unidad Ciudadana se abstuvieron.

¿Qué pasó después de la sanción? ¿Cómo reaccionó el sector?

Una semana más tarde, AIERH, UADI, SEARA (tres entidades señaladas como afines al SUTERH) y APARA convocaron a administradores a escuchar al secretario de Atención y Gestión Ciudadana, Facundo Carrillo, y a Vilma Bouza sobre la flamante ley. La invitación, bajo el tono “Atención – Urgente, ya es ley Consorcio Participativo”, citó a una charla el jueves 5 de julio, 17 h, en Av. Santa Fe 1452. Según asistentes, varios administradores plantearon críticas severas a los funcionarios, que cosecharon aplausos del público, señal de que la implementación (en especial la obligatoriedad de la plataforma y la custodia de datos) sería el verdadero campo de prueba.

¿Qué debates de fondo deja abiertos la Ley 5.983?

La norma ordena y digitaliza pero deja preguntas que la práctica debe resolver:

  • Datos y privacidad: ¿Cómo se garantiza la protección de información sensible de los consorcios?

  • Obligatoriedad tecnológica: ¿Todos los edificios tienen las mismas capacidades para adoptar una plataforma estatal?

  • Relación con actores del sector: ¿Qué rol tendrán sindicatos y asociaciones de administradores en la formación y cumplimiento?

  • Transparencia y costos: ¿La digitalización se traducirá en mayor control y menores costos para consorcistas?

En el recinto prevaleció la idea de avanzar y ajustar en la reglamentación. La ausencia de votos negativos podría leerse como consenso en la dirección general, con reservas expresadas por la vía de la abstención.

Falta todavía la reglamentación de esta ley.

Conclusión

La Ley 5.983 cristaliza un acuerdo amplio para modernizar la gestión consorcial en la Ciudad, con el Estado como pivote técnico y regulatorio. El acompañamiento de bloques opositores y la decisión de muchos de abstenerse (en vez de votar en contra) revelan una cautela pragmática: apoyo a la digitalización y al ordenamiento, pero alerta sobre privacidad, obligatoriedad y gobernanza de datos. El verdadero éxito de Consorcio Participativo dependerá de cómo se implemente. Si la plataforma se vuelve útil y confiable para consorcistas, administradores y trabajadores, la ley habrá cumplido su promesa. Sino, reabrirá viejas grietas entre regulación, intereses sectoriales y la vida cotidiana en los edificios.


⭐ Mariano Zvaigznins es Perito Mercantil egresado de la ESCCP-UBA. Consultor especializado en Propiedad Horizontal. Administrador de consorcios matriculado en CABA. Editor del sitio ConsorciosPH. Titular de Administración RIGA.

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