Larreta vuelve a enviar el proyecto Consorcio Participativo a la Legislatura Porteña

El jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, volvió a llevar a la Legislatura un paquete de cambios sobre la administración de consorcios. La iniciativa, conocida como Consorcio Participativo y redactada por Facundo Carrillo, busca actualizar la Ley 941, que regula a los administradores y su relación con los edificios sujetos al régimen de propiedad horizontal en la Ciudad de Buenos Aires.

El expediente ingresó el 16 de mayo al mediodía con el número 1416-J-2018. Consta de 15 artículos. La propuesta no sólo ajusta obligaciones y controles a los administradores, sino que además incorpora una pieza tecnológica: una Aplicación Oficial para la gestión y comunicación consorcial.

¿Qué cambia respecto de la Ley 941?

Para claridad, el proyecto se mueve en dos carriles:

  1. Administradores y Registro (RPA).
    Endurece y ordena reglas para quienes administran consorcios: condiciones de inscripción y permanencia en el Registro Público de Administradores, y un refuerzo de deberes operativos y de transparencia. El texto apunta a estandarizar prácticas y facilitar la supervisión estatal.

  2. App “Consorcio Participativo”.
    Crea una aplicación oficial que el administrador deberá utilizar. Según las objeciones más repetidas, ese mandato podría traducirse en una exigencia indirecta para los consorcistas, empujándolos a adoptar la herramienta para interactuar con su edificio, consultar documentación o participar de decisiones.

En síntesis: más reglas para el actor profesional del consorcio y un canal digital obligatorio para ordenar la comunicación y los actos administrativos.

¿Quiénes acompañan y quiénes cuestionan?

En la primera presentación pública, emergieron tres respaldos nítidos:

  • Liga del Consorcista

  • Asociación Civil de Propietarios de Inmuebles de Renta y Horizontal (APH)

  • El coordinador de la Red de Consorcistas Damnificados (ReDeCo)

Los cuestionamientos se concentran en dos planos. Primero, en la obligatoriedad práctica de la app para los propietarios, aunque el deber formal recaiga en el administrador. Segundo, en el ritmo del trámite legislativo y en la publicidad de los cambios introducidos sobre la marcha.

¿Cómo fue el recorrido en la Comisión de Legislación General?

El debate transitó este camino en pocos días:

  • 30 de mayo: reunión informativa.
    La comisión abrió el juego a vecinos durante la primera media hora. Hubo exposiciones de las entidades que apoyan la iniciativa y, luego, una presentación extensa de Facundo Carrillo, que respondió preguntas y explicó la lógica regulatoria de la propuesta.

  • 6 de junio: reunión con confusión administrativa.
    Lo que debía ser una reunión de trabajo de asesores se anunció como “informativa” por un error burocrático. Varios legisladores llegaron preparados para evacuar dudas generales, no para discutir aspectos técnicos del articulado, que ya había sufrido modificaciones. El texto definitivo todavía no circulaba.

  • 8 de junio: último encuentro y doble despacho.
    Con la comisión integrada por sus miembros y con Sergio Abrevaya (GEN) invitado, el oficialismo buscó un despacho rápido para habilitar el tratamiento en el recinto. El apuro profundizó la distancia con la oposición. Resultado, dos dictámenes: uno de mayoría (oficialismo) y otro de minoría (oposición).

¿Qué se votaría y cuándo?

Con los dictámenes ya emitidos, el proyecto quedaría listo para su desembarco en el recinto el jueves 14 de junio, aunque esa fecha no estaba confirmada al cierre del último encuentro. De fijarse en el temario, el cuerpo debería decidir entre convalidar la versión del oficialismo o la alternativa de la oposición, o bien enviar el texto de vuelta a comisión si surgieran nuevas objeciones.

¿Por qué la aplicación oficial genera debate?

La app se presenta como un estándar único para la relación cotidiana entre administradores y consorcistas: documentación, avisos, convocatorias, posiblemente liquidaciones y canales de participación. Sus defensores sostienen que el formato digital ordena y transparenta la gestión, reduciendo asimetrías de información.

Las críticas apuntan a que, aunque el obligado directo sea el administrador, la vida del consorcio quedaría fuertemente mediada por esta herramienta, lo que en los hechos podría forzar a los propietarios a sumarse a ese entorno, aun si algunos prefieren otros medios. No se discute el valor de modernizar, sino cómo se impone y hasta dónde alcanza.

¿Qué implicancias tiene para los administradores?

La otra pata del proyecto (más allá de la app) es un reencuadre profesional. Se refuerzan requisitos para ingresar y mantenerse en el RPA y se detallan obligaciones que buscan homogeneizar la calidad del servicio. El objetivo declarado es dar certeza a los consorcistas y ofrecer una trazabilidad de la gestión.

Para los administradores, esto implica mayor control y mayor carga operativa. Para los propietarios, promete visibilidad y accesibilidad a la información. El equilibrio entre eficiencia, costos y derechos será, probablemente, el corazón del debate político.

¿Cuál es la ficha técnica del expediente?

  • Nombre: Consorcio Participativo

  • Autoría política: Jefatura de Gobierno (CABA) — impulsado por Facundo Carrillo

  • Ingreso: 16/05 (mesa de entradas, mediodía)

  • Expediente: 1416-J-2018

  • Extensión: 15 artículos

  • Comisión cabecera: Legislación General

  • Estado al 8/6: Despacho de mayoría (oficialismo) y de minoría (oposición)

  • Posible fecha de recinto: 14/06 (a confirmar)

Conclusión

Consorcio Participativo combina una actualización regulatoria con una herramienta tecnológica que, bien implementada, podría ordenar la administración de edificios y acortar la distancia entre vecinos y gestores. El trámite veloz en comisión permitió llegar a dos dictámenes, pero también dejó heridos: la oposición reclama tiempo y texto final a la vista. Si el proyecto llega al recinto, la discusión central no será “app sí o no”, sino qué obligaciones recaen en cada parte y cómo se resguardan los derechos de quienes prefieren otros canales. Modernizar es razonable; imponer sin consensos, no tanto.


⭐ Mariano Zvaigznins es Perito Mercantil egresado de la ESCCP-UBA. Consultor especializado en Propiedad Horizontal. Administrador de consorcios matriculado en CABA. Editor del sitio ConsorciosPH. Titular de Administración RIGA.

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