En muchos edificios la convivencia digital ya ocurre: liquidaciones y notificaciones por e-mail, pagos electrónicos, facturas digitalizadas, códigos QR, actas en PDF y proveedores que entregan su documentación online.
Sobre ese terreno, a fines de septiembre, comenzó a circular entre profesionales del derecho y la administración de edificios, un borrador técnico-jurídico elaborado en el ámbito del Instituto de Propiedad Horizontal (IPH) del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal (CPACF) al que tuvo acceso Pequeñas Noticias.
El texto explora un “ecosistema consorcial digital” para la vida del consorcio. Desde cómo se comunican los vecinos con la administración hasta la forma en que se registran decisiones, pagos y contratos. El documento no precisa su jurisdicción exacta. Sugiere que abarcaría a todos los consorcios, aunque no queda claro si se limitaría a CABA o si aspiraría a extenderse más allá.
La pregunta es inevitable: si ya existen las herramientas informáticas que cada consorcio puede contratar libremente y gran parte del ecosistema ya está digitalizado… ¿se necesita otro sistema?
¿Qué está realmente sobre la mesa?
Más que una idea vaga, el borrador perfila un sistema informático con ambición de convertirse en fuente de derechos y obligaciones. La promesa es reemplazar formalismos en papel por procedimientos electrónicos con trazabilidad, de modo que la conducta digital de administradores y propietarios tenga validez jurídica.
¿Qué lugar ocuparía la Justicia?
El esquema prevé que órganos judiciales puedan requerir información al sistema. Sin embargo, la letra chica falta. Cuándo procede el acceso, quién lo autoriza, cómo se resguarda la confidencialidad y qué protocolo rige la entrega. Es un punto sensible. La herramienta concentraría datos personales, comerciales y laborales, y cualquier consulta estatal debe encajar con principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad.
¿Centralización de datos? ¿Quién custodia y dónde?
El documento insiste en consolidar información de cada consorcio en una sola plataforma. Quedan abiertos tres interrogantes:
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Gobernanza: ¿será un operador público, privado o un mixto?
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Infraestructura: ¿en qué país y bajo qué estándares se alojarán los datos?
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Financiamiento: ¿quién paga la construcción, operación, soporte y seguridad de algo que, solo en CABA, podría involucrar más de 120.000 consorcios?
¿Qué funciones promete este “ecosistema”?
La propuesta dibuja un tablero amplio, parecido a un ERP sectorial con fuerza probatoria:
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Gestión transparente para seguir gastos, decisiones y documentación.
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Expensas: emisión y cobro rápidos con respaldo de auditoría.
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Proveedores: contratos digitales y resguardo de documentos comerciales.
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Asambleas remotas: participación a distancia y actas electrónicas con valor jurídico.
¿Cómo se sostendría la validez de lo digital?
El borrador combina tecnología, derecho y prueba:
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Tecnología: identidad digital robusta, autenticación de dos factores y, eventualmente, biometría; además, registro cronológico y trazabilidad de cada acción.
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Marco jurídico: aceptación expresa de términos digitales y reconocimiento de comunicaciones y actas electrónicas.
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Evidencia: un “título ejecutivo compuesto consorcial” respaldado por evidencia verificable, con miras a ejecución judicial cuando corresponda.
¿Qué obstáculos reconoce el propio proyecto?
El propio documento reconoce la brecha en adultos mayores y propone soporte telefónico, asistencia personalizada y capacitaciones presenciales. La sola logística de estas prestaciones sugiere una estructura de gran porte y costos sostenidos, impropios de una implementación artesanal.
¿Qué gana y qué arriesga la centralización?
Potenciales beneficios: un repositorio único puede simplificar búsquedas probatorias, reducir disputas por comunicaciones “que no llegaron” y ordenar títulos ejecutivos con evidencia digital.
Riesgos concretos:
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Punto único de falla y atractivo para ataques.
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Dependencia de un solo proveedor u operador.
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Costos de migración y soporte, trasladados a consorcios.
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Desincentivo a la innovación si el estándar se confunde con “una sola plataforma”.
Si la solución es obligatoria y central, puede sofocar la diversidad e innovación que hoy hace avanzar al sector.
¿Cuál sería el plan de implementación?
El itinerario arranca puertas adentro:
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Grupo de trabajo en el Instituto para el diseño fino.
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Estándares tecnológicos y jurídicos comunes.
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Prueba piloto con consorcios seleccionados para ajustar procesos.
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Ajustes normativos (incluida la Ley 941 y reglamentos internos).
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Capacitación masiva de administradores y consejos.
¿Quién firma y por qué importa?
El borrador aparece con la firma de Fabián Gustavo Ramos, director del IPH, quien además figura como administrador en el registro porteño. Esa doble condición (regulatoria y operativa) vuelve imprescindible explicitar mecanismos de transparencia y prevención de conflictos de interés si el proyecto avanza.
¿Qué enseña el antecedente de Consorcio Participativo?
No es la primera vez que se intenta centralizar la gestión consorcial. En 2017/2018, la Ciudad impulsó Consorcio Participativo, luego incorporado en la Ley 5983. La plataforma, obligatoria y todavía no reglamentada, apuntaba a reunir todo: datos privados, comerciales y laborales de consorcios, propietarios, inquilinos y encargados. El proyecto chocó con resistencias de entidades de consorcistas, administradores, consejos de varias comunas y cámaras tecnológicas (como CASIPH). También hubo críticas sostenidas de referentes del CPACF. Solo un puñado de organizaciones se manifestó a favor.
La moraleja es clara: centralizar sin consensos ni controles independientes suele derivar en judicialización y frenos políticos.
Las preguntas que todavía no tienen respuesta
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Titularidad y roles: ¿quién será responsable y encargado del tratamiento de datos?
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Acceso judicial: ¿existirá un protocolo público con causales, órdenes y trazabilidad de solicitudes?
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Seguridad e interoperabilidad: ¿qué certificaciones, criptografía y APIs abiertas se emplearán? ¿cómo se evita el vendor lock-in?
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Modelo económico: ¿habrá tasas o subsidiariedad estatal? ¿cómo se asignan costos y beneficios?
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Inclusión: ¿qué canales alternativos se garantizan para quienes no pueden usar lo digital?
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Auditoría: ¿un órgano externo verificará periódicamente seguridad, calidad de datos y uso del sistema?
¿Oportunidad o déjà vu?
Digitalizar no es problema. De hecho la mayoría de los consorcios está digitalizado. Cómo se digitaliza es la cuestión. Porque si la solución impone centralización opaca, acceso estatal indefinido u obligatoriedad sin garantías, el sector revivirá la pelea que ya conoce. El desafío es estar está en diseñar gobernanza, controles y derechos a la altura de la escala y sensibilidad de los datos.
Conclusión final
La digitalización consorcial ya sucedió en buena parte del mercado. Lo que falta es armonizarla. El borrador del CPACF podría evaluarse si pivota desde “crear una plataforma” hacia definir estándares de identidad, firma, evidencia e interoperabilidad. Si, en cambio, se impone un sistema único y obligatorio, el resultado será duplicación, costos y un incentivo a la concentración de riesgos que el sector ya cuestionó. La política inteligente no reemplaza lo que funciona, lo hace compatible, seguro y auditable. La experiencia de Consorcio Participativo enseña que el sector acepta la eficiencia pero rechaza la centralización sin garantías.
Se puede leer la excelente nota de Pequeñas Noticias sobre el tema acá: Se estaría evaluando un proyecto similar a Consorcio Participativo
⭐ Mariano Zvaigznins es Perito Mercantil egresado de la ESCCP-UBA. Consultor especializado en Propiedad Horizontal. Administrador de consorcios matriculado en CABA. Editor del sitio ConsorciosPH. Titular de Administración RIGA.




