Los administradores de consorcios de la Ciudad de Buenos Aires dejaron de estar obligados a incorporar en las liquidaciones mensuales de expensas el Manual de Buenas Prácticas Consorciales y el acceso al reglamento de propiedad horizontal.
La modificación fue dispuesta el 8 de septiembre por el director general de la DGDYPC, Alejandro Pérez, mediante la Disposición 3644, publicada dos días después en el Boletín Oficial.
¿Qué obligación quedó sin efecto?
La exigencia había sido establecida el 31 de enero de 2025 por la Disposición 521, firmada por el entonces titular del área, Carlos Traboulsi.
Desde el 1 de abril de aquel año, los administradores debían facilitar junto con cada liquidación de expensas el acceso al manual y al reglamento del edificio. Podían hacerlo mediante:
- un enlace electrónico;
- un código QR;
- o un archivo adjunto.
La disposición permaneció vigente durante algo más de un año y cinco meses.
¿Por qué se decidió eliminar esta exigencia?
Según los fundamentos de la nueva medida, la experiencia acumulada desde la puesta en marcha del sistema justificaba una revisión de su alcance.
La administración porteña consideró necesario adecuar el régimen a principios de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad, además de avanzar en la simplificación de los trámites que recaen sobre los administradores.
La eliminación del manual como obligación no modifica, sin embargo, los deberes que surgen de la Ley 941, su reglamentación, el Código Civil y Comercial de la Nación y las demás normas aplicables.
¿Qué ocurrirá con el reglamento de propiedad horizontal?
La nueva disposición reconoce que facilitar el reglamento puede resultar útil para que propietarios e interesados conozcan las reglas particulares de cada edificio.
No obstante, diferencia ese objetivo informativo de las obligaciones que la legislación impone expresamente a los administradores.
Por ese motivo, la distribución o difusión del reglamento de propiedad horizontal pasa a quedar a criterio de cada administrador. Su falta de incorporación a las expensas ya no podrá generar sanciones en el marco de la Ley 941.
⭐ Mariano Zvaigznins es Perito Mercantil egresado de la ESCCP-UBA. Consultor especializado en Propiedad Horizontal. Administrador de consorcios matriculado en CABA. Editor del sitio ConsorciosPH. Titular de Administración RIGA.



