El cierre de junio de 2026 trajo novedades para los trabajadores de edificios sometidos al convenio colectivo de la Federación Argentina de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (FATERYH). Las cámaras que participan de las negociaciones en representación de los consorcios alcanzaron un nuevo entendimiento salarial con el gremio, aunque la difusión de las nuevas escalas cuando el mes ya estaba prácticamente terminado generó cuestionamientos dentro del sector.
El acuerdo había sido firmado el 23 de junio entre representantes de la Cámara Argentina de Propiedad Horizontal y Actividades Inmobiliarias (CAPHAI), la Unión Administradores de Inmuebles (UADI), la Asociación Inmobiliaria Edificios Renta y Horizontal (AIERH) y FATERYH.
Sin embargo, la información terminó tomando estado público recién durante los últimos días del mes. El momento elegido coincidió con las liquidaciones salariales de junio y con el pago de la primera cuota del sueldo anual complementario.
Para numerosos administradores y profesionales encargados de confeccionar los recibos, la novedad significó volver sobre cálculos que, en muchos casos, ya estaban terminados.
¿Qué aumento recibieron los encargados de edificios en junio de 2026?
El nuevo entendimiento modificó varios componentes de la remuneración de los trabajadores del sector.
En primer lugar, se incorporaron $50.000 a las escalas salariales correspondientes a los empleados de jornada completa. Para quienes cumplen una jornada de medio tiempo, el monto incorporado fue de $25.000.
Sobre las escalas resultantes después de esa modificación se aplicó, además, un incremento del 2,1%.
El tercer cambio afectó a la suma fija que venían percibiendo los trabajadores. El importe, que anteriormente llegaba a $80.000, pasó a ser de $30.000, con la particularidad de que debe abonarse de manera proporcional de acuerdo con la categoría laboral correspondiente.
En términos generales, el esquema quedó compuesto por:
- $50.000 adicionales sobre la escala para trabajadores de jornada completa.
- $25.000 para empleados de media jornada.
- Un aumento posterior del 2,1% sobre las nuevas escalas.
- Una suma fija de $30.000, distribuida proporcionalmente según la categoría.
La combinación de estos elementos explica por qué el aumento final no puede interpretarse tomando únicamente la variación nominal de las escalas básicas.
¿De cuánto fue el incremento salarial real?
El efecto final de la negociación depende de qué componentes se incluyan en la comparación.
Si se observaran exclusivamente las escalas salariales y los viáticos, y bajo el supuesto de que los tres acuerdos anteriores estuvieran homologados, el crecimiento frente al mes previo habría alcanzado aproximadamente el 7,3%.
Sin embargo, hubo una modificación importante que redujo el impacto sobre el ingreso total y es la suma fija que pasó de $80.000 a $30.000.
Al contemplar ese cambio, el aumento efectivo respecto del mes anterior quedó alrededor del 2,7%.
Los adicionales siguieron otra dinámica. En promedio registraron una mejora cercana al 7,2% mensual, aunque no todos evolucionaron exactamente de la misma manera. El denominado plus por antigüedad, por ejemplo, aumentó aproximadamente un 6,5%.
La diferencia entre estos porcentajes muestra que evaluar una paritaria únicamente a partir del aumento del salario básico puede ofrecer una imagen incompleta. Para determinar la variación concreta del ingreso es necesario considerar simultáneamente escalas, adicionales, viáticos, bonos y sumas fijas.
¿Cómo quedaron los salarios frente a la inflación?
El comportamiento de los salarios del sector durante 2026 también resulta relevante cuando se compara con la evolución general de los precios.
Considerando el escenario en el que los acuerdos anteriores hubieran obtenido la correspondiente homologación, el promedio de las escalas salariales de junio registraría un incremento del 23,23%.
La variación mensual es especialmente elevada porque durante junio corresponde pagar un bono equivalente al 20%, que se agrega a los aumentos ya establecidos.
Con ese componente incluido, el promedio de la escala salarial alcanzó aproximadamente los $1.486.740 mensuales.
En el acumulado anual, las escalas registraron una mejora del 26,15%, mientras que la inflación correspondiente al mismo período fue del 17,1%.
La distancia entre ambas variables fue, por lo tanto, de alrededor de 9,05 puntos porcentuales a favor de los salarios.
La comparación interanual ofrece un resultado similar.
Durante los últimos doce meses, las escalas salariales aumentaron un 41,42%, frente a una inflación estimada en el 33,82%. La diferencia fue de aproximadamente 7,6 puntos porcentuales.
Estos números indican que, bajo los parámetros utilizados para la comparación, las escalas del sector lograron ubicarse por encima del avance de los precios tanto en la medición acumulada del año como en la comparación interanual.
¿Por qué hubo críticas por la fecha del anuncio?
El principal foco de cuestionamiento no estuvo únicamente relacionado con los montos negociados sino con el momento en que se conocieron.
El acuerdo se había firmado el 23 de junio pero las nuevas condiciones salariales fueron difundidas públicamente cuando el mes estaba por finalizar.
Para los consorcios y los administradores, esa demora tiene consecuencias operativas concretas.
Junio es uno de los meses más sensibles del calendario laboral porque coincide con la liquidación de la primera cuota del aguinaldo. Si las novedades salariales aparecen cuando los cálculos ya fueron realizados, pueden resultar necesarias distintas rectificaciones.
Entre ellas:
- Reliquidar los salarios correspondientes a junio.
- Recalcular el sueldo anual complementario.
- Modificar aportes y contribuciones.
- Rectificar, cuando corresponda, la presentación del formulario F.931.
- Revisar las boletas relacionadas con obligaciones sindicales.
Por ese motivo, distintos actores de la comunidad consorcial manifestaron su descontento ante una comunicación que llegó prácticamente sobre el cierre del período que debía liquidarse.
¿Cómo fue la cronología de la paritaria de junio?
Los distintos anuncios realizados durante la segunda mitad del mes permiten reconstruir cómo se conoció el acuerdo.
El 16 de junio, Víctor Santa María, titular del Sindicato Único de Trabajadores de Edificios de Renta y Horizontal (SUTERH), anticipó públicamente que se estaba trabajando en un nuevo entendimiento correspondiente a ese mismo mes.
Una semana después, el 23 de junio, representantes de las cámaras empresarias y de FATERYH firmaron formalmente el acuerdo.
Las nuevas escalas aparecieron publicadas en el sitio del SUTERH el 29 de junio.
Durante la madrugada del 30 de junio, el contador Darío Schvartz informó mediante correo electrónico que las tablas salariales ya estaban disponibles.
Ese mismo día, a las 15:20 horas, CAPHAI comunicó la existencia del acuerdo cuando la información ya circulaba públicamente. La entidad señaló entonces que la firma se había producido el día 25, aunque el acta consignaba como fecha el 23 de junio.
Poco después, alrededor de las 16:00 horas, Santa María volvió a referirse al incremento a través de su canal de YouTube.
Finalmente, el 3 de julio, el programa de radio y streaming Consorcios 360 difundió un análisis detallado de las modificaciones salariales.
La secuencia muestra una diferencia considerable entre la fecha formal de firma del entendimiento y el momento en que buena parte de los actores encargados de liquidar los salarios tuvo conocimiento efectivo de las nuevas cifras.
¿Qué respondió CAPHAI ante los cuestionamientos?
Frente a las críticas, CAPHAI abordó expresamente el tema en una circular difundida el 30 de junio.
La cámara explicó que participa de la discusión paritaria junto con AIERH y UADI en el marco del convenio colectivo de FATERYH, pero sostuvo que no controla el momento concreto en que se firma cada acuerdo ni los plazos posteriores de homologación por parte de la Secretaría de Trabajo.
La explicación distingue dos cuestiones diferentes.
Por un lado, la homologación administrativa depende de la autoridad laboral, por lo que una demora en esa instancia no necesariamente puede atribuirse a las cámaras participantes.
Por otro, resulta más discutible la cuestión vinculada con los tiempos de firma y comunicación del propio acuerdo. Si las entidades que representan a los consorcios participan formalmente de la negociación pero admiten no poder determinar cuándo se concreta el entendimiento, queda abierta la discusión sobre el grado de influencia que realmente ejercen dentro de la mesa paritaria.
Este punto resulta especialmente relevante para los administradores y propietarios, dado que cualquier demora en la información puede traducirse después en mayores tareas administrativas y eventuales costos derivados de las reliquidaciones.
¿Qué implica el nuevo acuerdo para los consorcios?
Más allá del porcentaje de incremento, la paritaria tiene consecuencias directas sobre la administración cotidiana de los edificios.
Los salarios y sus cargas asociadas representan una parte considerable de las expensas ordinarias de numerosos consorcios. Por eso, cualquier modificación en las escalas repercute sobre las proyecciones mensuales y puede terminar reflejándose en el nivel de las expensas.
Al mismo tiempo, la previsibilidad resulta casi tan importante como el porcentaje acordado.
Cuando una nueva escala se informa antes del cierre de la liquidación, los administradores pueden incorporarla directamente. Cuando aparece sobre el final del mes, en cambio, se multiplica la posibilidad de tener que rehacer cálculos, emitir recibos complementarios o rectificar obligaciones.
El episodio de junio vuelve así a colocar sobre la mesa una discusión habitual en el sector. No solo importa cuánto se acuerda en una paritaria sino también cuándo se acuerda y con qué anticipación se comunica.
⭐ Mariano Zvaigznins es Perito Mercantil egresado de la ESCCP-UBA. Consultor especializado en Propiedad Horizontal. Administrador de consorcios matriculado en CABA. Editor del sitio ConsorciosPH. Titular de Administración RIGA.




