Pagos a la ART por cada trabajador que tiene el consorcio
A través de la Disposición 6/2025 la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), establece en $1394 la suma fija a abonar por cada trabajador con destino al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP) para el devengado del mes de junio de 2025.
Estas prestaciones incluidas en la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557 (LRT), son gestionadas por las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART) y se financian mediante una cuota mensual que debe ser pagada por el empleador. Esta suma se declara junto con las cargas sociales (aportes y contribuciones) y corresponde a un monto fijo por cada empleado. Dicha suma se ajusta mensualmente.
SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO
GERENCIA DE CONTROL PRESTACIONAL
Disposición 6/2025
DI-2025-6-APN-GCP#SRT
Ciudad de Buenos Aires, 23/06/2025
ARTÍCULO 1°.- Establécese que el valor de la suma fija prevista en el artículo 5° del Decreto N° 590 de fecha 30 de junio de 1997 y sus normas modificatorias y complementarias, calculada conforme lo dispuesto en el artículo 2° de la Resolución del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL (M.T.E. Y S.S.) N° 649 de fecha 13 de junio de 2022, será de PESOS UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO ($ 1.394) para el devengado del mes de junio de 2025 respecto del Régimen General.
ARTÍCULO 2°.- La nueva suma determinada en el artículo precedente se abonará a partir del mes de julio de 2025.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Leandro Manuel Punte
e. 24/06/2025 N° 43513/25 v. 24/06/2025




