¿Por qué está en discusión la personería gremial de SEARA?
En diciembre de 2019, Juan Manuel Acosta y Lara, entonces presidente de AIERH, informó al Ministerio de Trabajo que el sector de administradores de consorcios identificaba entre 259 y 263 empleados. Sin embargo, poco más de cuatro años después, la AFIP informó que esos mismos empleadores declararon un total de 4.563 trabajadores durante el primer semestre del año. Esta diferencia de más de 4.300 personas ha generado un intenso debate.
La ley de asociaciones sindicales (art. 25, inc. b de la Ley 23.551) establece que para obtener personería gremial, una asociación debe acreditar la afiliación de más del 20 % del universo laboral que aspira a representar. Si ese universo solo contara con 261 profesionales, SEARA, con poco más de 53 afiliados, habría superado el requisito con facilidad. En cambio, si el universo real fuese de 4.563, necesitaría al menos 913 afiliados, lo que complicaría notablemente su legitimidad.
¿Qué cifras aportó la AFIP y qué implican?
La información recabada en 2023 por AFIP (código 682010) indica:
- Total de administradores activos en CABA: 9.428
- Administradores sin empleados registrados: 6.594 (69,94 %)
- Administradores con personal: 2.835 (30,06 %)
- Puestos de trabajo declarados promedio: 4.563
De esta manera, solo uno de cada tres administradores tiene empleados a cargo, y usualmente uno o dos por empleador. Aunque estas cifras no contemplan la informalidad (“negros” o monotributistas sin empleados formales), resultan un indicador fuerte de la escala real de empleos directos en el rubro.
La informalidad laboral en el sector
El empleo “en negro” representa un porcentaje elevado dentro del mercado laboral. El INDEC divulgó que el trabajo no registrado aumentó del 33,3 % al 35,5 % en 2022, evidencia clara de una significativa porción de trabajadores que operan fuera del sistema formal. Aplicando esta lógica al sector de administradores, se entiende que la cantidad real de personas que trabajan en él sería aún más alta, aunque sin estar registradas.
La base legal para rechazar la personería
La Resolución 1496/2022, que otorgó oficialmente la personería gremial a SEARA, justificó su decisión basándose exclusivamente en la información proporcionada por Acosta y Lara, correspondiente a los meses de mayo a octubre de 2019. Esta presentación fue considerada prueba suficiente por la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales (DNAS). Sin embargo, el Sindicato de Empleados de Comercio impugnó la resolución, denunciando que SEARA presentó datos incompletos y desactualizados, ocultando la verdadera dimensión del sector, y presentó un recurso judicial para anular la personería.
Comparación de escenarios hipotéticos
Si se tomara el universo laboral como 261 trabajadores:
- SEARA necesitaba afiliados: 53.
- Obtuvo personería: ✅.
En cambio, si el universo laboral es 4.563:
- SEARA necesitaría 913 afiliados.
- Superar esa cifra parece difícil: ❌.
¿Qué consecuencias tiene este conflicto?
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Legitimidad gremial: si se demuestra que los datos utilizados fueron erróneos intencionalmente, la personería gremial podría quedar invalidada.
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Impacto sindical: SEARA perdería reconocimiento oficial, limitando su capacidad de negociación y representación.
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Jurisdicción judicial: es probable que el caso derive en una resolución definitiva por parte de la Cámara de Trabajo o la Justicia Federal, con un fallo que podría sentar precedente para otros sindicatos.
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Transparencia institucional: la discrepancia pone en tela de juicio el rigor con que la DNAS verifica los datos antes de otorgar la personería.
¿Qué resultados podría arrojar la demanda del Sindicato de Comercio?
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Anulación de la personería de SEARA.
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Revisión de sus afiliados y del cumplimiento del requisito del 20 %.
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Establecimiento de una nueva base de datos que incluya registros de AFIP y otros organismos, para evaluar a futuro cualquier solicitud similar.
Conclusión final
La controversia en torno a la personería gremial obtenida por SEARA deja al descubierto una problemática estructural en el sistema sindical argentino: la falta de precisión y control en la verificación del universo laboral representado. La diferencia entre los datos aportados por un referente del sector en 2019 y los informados por organismos oficiales como la AFIP en 2023 resulta abismal. Esta situación no solo genera dudas sobre la legitimidad de SEARA como entidad gremial, sino que también pone en tela de juicio la rigurosidad institucional del proceso.
El avance del empleo informal y el subregistro de trabajadores acentúan aún más la necesidad de mecanismos transparentes y basados en datos actuales y verificables. El futuro de SEARA como sindicato dependerá, en gran medida, del resultado judicial impulsado por el Sindicato de Comercio, pero también del compromiso del Estado en regular con precisión la representatividad gremial.