ARCA simplifica trámites de CUIT para consorcios y entidades civiles

El 11 de junio de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial una actualización normativa destinada a facilitar los trámites de inscripción y modificación de datos de personas jurídicas. Esta resolución, identificada como la RG 5709/2025, ajusta procedimientos establecidos en normas anteriores, otorgando mayor agilidad a los trámites administrativos, especialmente para ciertos tipos de entidades sin fines de lucro.

¿Por qué estos cambios?

La medida se enmarca en una política nacional de simplificación administrativa. Bajo esa línea, ARCA busca reducir la carga burocrática en los procedimientos a su cargo, particularmente en lo que respecta a la documentación respaldatoria para acreditar representaciones legales en las solicitudes de CUIT.

Este esfuerzo responde a la necesidad de que los contribuyentes puedan cumplir con sus obligaciones de forma más eficiente, sin perder la rigurosidad legal.

¿Qué normas fueron modificadas?

La resolución introduce cambios en dos marcos normativos claves:

  1. Resolución General N.º 4.991, que regula la inscripción y modificación de datos de sociedades y otras personas jurídicas.

  2. Resolución General N.º 5.048 y sus modificatorias, que establece el régimen de Clave Fiscal para autenticar usuarios ante los servicios digitales de AFIP.

¿Quiénes son los beneficiarios del nuevo régimen simplificado?

El cambio normativo extiende el alcance del procedimiento simplificado de certificación a los consorcios de propiedad horizontal, integrándolos a una lista de entidades civiles que ya gozaban de este beneficio.

Estas entidades ahora podrán presentar documentación de forma más sencilla:

  • Asociaciones de bomberos voluntarios

  • Agrupaciones dedicadas a la promoción de género

  • Bibliotecas populares

  • Centros de jubilados

  • Clubes barriales

  • Comunidades indígenas

  • Cooperadoras escolares y de salud pública

  • Iglesias, institutos de vida consagrada y organizaciones religiosas

  • Sociedades de fomento

  • Entidades civiles dedicadas a la asistencia social, salud, educación, caridad y actividades científicas o artísticas

  • Consorcios de propiedad horizontal (nueva inclusión)

¿Qué permite esta flexibilización documental?

En lugar de requerir una certificación notarial o por autoridad competente externa, ahora será suficiente presentar los documentos originales en soporte papel, acompañados de sus copias, para que sean certificados por un funcionario de la misma dependencia de ARCA donde se realice la gestión.

Este cambio representa una desburocratización significativa para las entidades alcanzadas, evitando costos y tiempos adicionales vinculados a certificaciones externas.

¿Qué dice cada modificación específica?

Modificación al Artículo 3° de la RG 4.991

El nuevo texto permite que, en lugar de una certificación externa, se acepte la exhibición del documento original y copia ante un funcionario de ARCA, que podrá certificar su validez en el mismo acto. Esta modalidad aplica para las entidades listadas anteriormente, incluyendo ahora a los consorcios de propiedad horizontal.

Modificación al Artículo 7° de la RG 5.048

En el caso de la Clave Fiscal, cuando la solicitud la realiza un apoderado u otro representante autorizado, se aplicará el mismo mecanismo de certificación in situ ante un funcionario del organismo. También aquí se extiende esta facilidad a los consorcios de propiedad horizontal.

¿Desde cuándo rige esta nueva normativa?

La resolución entró en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial, es decir, el 11 de junio de 2025. A partir de esa fecha, los consorcios de propiedad horizontal y demás entidades incluidas podrán comenzar a utilizar este procedimiento más ágil.

¿Qué implica para los administradores y responsables?

Los administradores de consorcios y representantes de entidades alcanzadas deben tener en cuenta que ahora cuentan con una alternativa más directa para validar la documentación exigida. Este nuevo esquema reduce pasos burocráticos y elimina la necesidad de recurrir a certificaciones notariales u otros procedimientos externos costosos o lentos.

Conclusión

Con la RG 5709/2025, la ARCA da un paso importante hacia la simplificación de trámites para personas jurídicas, en especial para entidades de base comunitaria, civil y sin fines de lucro. La inclusión de los consorcios de propiedad horizontal en este régimen simplificado marca un reconocimiento de sus necesidades operativas y busca facilitar su cumplimiento fiscal. Esta resolución contribuye a un sistema más eficiente, menos costoso y adaptado a la realidad de los actores involucrados.

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