Desde 2007, los administradores de edificios y consorcios se vieron obligados a reportar datos específicos ante la ex Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Esta normativa requería que informaran, entre otras cosas, los valores de las expensas, el metraje de las unidades y los propietarios con pagos atrasados, siempre que los montos involucrados superaran ciertos umbrales económicos. Esta obligación se mantuvo activa durante casi dos décadas, experimentando múltiples modificaciones a lo largo del tiempo.
La Resolución General 2207/2007 fue una de las primeras en establecer estos requerimientos. Posteriormente, fue reemplazada por la Resolución General 3369/2012, que a su vez fue objeto de ajustes sucesivos mediante las resoluciones 3645/2014 y 5220/2022. Estas actualizaciones respondían principalmente a la inflación, que obligaba a actualizar periódicamente los valores que activaban la obligación de informar.
¿Qué cambió ahora?
A partir del 23 de mayo de 2025, esta obligación ha sido completamente eliminada. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), mediante su Resolución General 5698/2025, decidió abrogar el régimen informativo impuesto a los administradores de propiedades en consorcio y urbanizaciones cerradas.
En concreto, esta nueva resolución deroga la RG 3369/2012 y sus sucesivas modificaciones (incluidas las RG 3645/2014 y el artículo 8º de la RG 5220/2022), eliminando por completo el requerimiento de reportar los datos mencionados. Esta medida se enmarca en una política más amplia de simplificación normativa impulsada por el Gobierno Nacional.
¿Cuál es el contexto detrás de esta decisión?
La eliminación del régimen de información para administradores no es un hecho aislado, sino parte de un proceso de desregulación más ambicioso. En diciembre de 2023, el Poder Ejecutivo emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 70, orientado a reducir al mínimo las trabas regulatorias que afectan al comercio, los servicios y la industria en el país. Su objetivo es permitir una mayor libertad en la interacción entre oferta y demanda.
En ese mismo sentido, el Decreto 353/2025 instruyó a ARCA a revisar y simplificar los regímenes de información vigentes. La decisión de eliminar el sistema que obligaba a los administradores a informar metraje, montos de expensas y situaciones de morosidad es uno de los frutos de ese mandato.
¿A quiénes afectaba la normativa eliminada?
La obligación de reportar información alcanzaba a una amplia variedad de inmuebles. No solo incluía edificios bajo régimen de propiedad horizontal, sino también a barrios cerrados, countries, clubes de chacras, clubes de campo y otros complejos urbanísticos distribuidos en todo el país. Los administradores y consorcios debían proporcionar periódicamente datos sensibles al fisco, lo que implicaba una carga administrativa considerable y el manejo de información confidencial de terceros.
Con la nueva resolución, se elimina esta obligación, liberando a los administradores de una tarea que durante años generó preocupaciones tanto por su complejidad como por su impacto en la privacidad de los propietarios.
¿Qué dice la Resolución General 5698/2025?
La RG 5698/2025, publicada en el Boletín Oficial el 23 de mayo de 2025, establece en su artículo 4° la abrogación de las Resoluciones Generales N° 3369 y 3645, y deroga el artículo 8° de la RG 5220. El artículo 5° aclara que estas disposiciones entran en vigor desde su publicación, excepto por otra parte de la resolución que empieza a regir el 1° de junio de 2025.
Esta decisión, firmada por Juan Alberto Pazo, actual Director Ejecutivo de ARCA, deja sin efecto un régimen informativo que por años fue considerado complejo y muchas veces difícil de cumplir por parte de los administradores.
¿Qué implica esta eliminación para los administradores?
A partir de ahora, los responsables de la administración de consorcios y barrios cerrados ya no tendrán que preparar ni enviar información al organismo fiscal sobre el estado de pagos de los propietarios ni sobre las dimensiones o montos mensuales de expensas. Esto significa menos burocracia, menos riesgo de errores administrativos y, especialmente, una menor exposición de los datos privados de los vecinos.
Este cambio también podría reducir los costos indirectos asociados a la gestión de la información fiscal, como el asesoramiento legal o contable requerido para cumplir con las antiguas normativas.
¿Cuáles son los beneficios esperados?
La medida forma parte de un paquete orientado a agilizar y modernizar el funcionamiento de la administración pública. La eliminación de esta carga para los administradores es vista como un paso hacia una relación más eficiente entre el Estado y los ciudadanos, especialmente en lo que respecta a las obligaciones impositivas y regulatorias.
Entre los beneficios más destacados se encuentran:
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Simplificación administrativa.
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Reducción de costos de gestión para consorcios.
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Mayor privacidad para los propietarios.
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Disminución de la carga documental para ARCA.
¿Qué deben tener en cuenta los administradores ahora?
Aunque la normativa anterior ha sido eliminada, esto no significa que todas las obligaciones desaparezcan. Los administradores siguen teniendo responsabilidades civiles y contables en relación con la gestión interna del consorcio. Además, deberán estar atentos a futuras disposiciones que pueda emitir ARCA u otros organismos en el marco del proceso de reestructuración regulatoria.
El fin de una era
La Resolución General 5698/2025 marca el cierre de una era regulatoria en la que los administradores de consorcios debían informar minuciosamente datos sobre expensas y propietarios morosos. Su eliminación no solo simplifica procesos, sino que representa una señal clara de un cambio en la relación entre los ciudadanos y el Estado. Este nuevo escenario libera de cargas innecesarias a los administradores y refuerza el objetivo gubernamental de una administración pública más ágil, menos invasiva y orientada al servicio.